Los medios de transporte en las ciudades están cambiando por lo que cada vez es más frecuente cruzarnos con personas que se desplazan en patinetes eléctricos. Uno de los principales problemas de estos vehículos de movilidad personal (VMP) ha sido la falta de legislación estatal para su uso, motivo por el cual ha sido aprobado el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre sobre Vehículos de Movilidad Personal, ya vigente, teniendo como objetivo principal la mejora de la seguridad vial en el tráfico urbano, reduciendo la siniestralidad de los patinetes eléctricos, dejando una mayor regulación a los municipios mediante Ordenazas Municipales.
A los VMP les está prohibido circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesías, autovías o autopistas, así como por fuera de las ciudades. Así mismo, requerirán para poder circular el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación.
Esta normativa no contempla el uso obligatorio de casco para utilizar VMP. No obstante, el uso del casco y/o de otros elementos de protección podrá ser exigido en función de la Ordenanza Municipal correspondiente a cada localidad en la que se vaya a circular.
Por otro lado, no será obligatorio por el momento un seguro, es opcional, ni un carnet por puntos para poder circular con alguno de estos vehículos. Sin embargo, los conductores de VMP podrán ser sometidos a controles de alcoholemia.
Cómo debemos actuar si sufrimos accidente con patinete eléctrico:
– ATROPELLO CON PATINETE ELÉCTRICO
En los últimos años, dado la proliferación del uso de estos VMP, han incrementado los casos el accidente con patinete eléctrico, la mayoría, al circular a velocidad reducida, no suelen revestir especial gravedad, si bien ya se han producido accidentes con lesionados graves o incluso el fallecimiento.
Ante cualquier accidente, es posible formular una reclamación tanto si se sufre un daño personal (lesiones) como material (rotura de ropa, móvil…) que llevase el atropellado/a en el momento del siniestro.
Habrá que tener en cuenta si el conductor del VMP tiene concertado seguro de responsabilidad civil pues en este caso la aseguradora correspondiente cubrirá los daños o si no lo tiene, siendo el propio conductor quien responderá personalmente, debiendo hacerse cargo de la indemnización que le corresponda al atropellado/a.
Como han proliferado las empresas de alquiler de este tipo de vehículos, éstas tienen contratado un seguro de responsabilidad civil que responderá de los daños personales y materiales que se produzcan con el uso de estos vehículos.
Si el culpable del atropello con patinete eléctrico fuera un menor de edad, la responsabilidad recaerá sobre sus padres o tutores, debiendo ser éstos los que asuman la indemnización correspondiente.
– ACCIDENTE DE PATINETE ELÉCTRICO Y OTRO VEHÍCULO A MOTOR
En el supuesto de colisión entre un patinete eléctrico y un vehículo a motor, habrá que analizar sobre quien recae la responsabilidad del accidente. En el supuesto que el responsable sea el conductor del VMP, habrá que obrar de conformidad a lo expuesto en el punto anterior.
Y en el supuesto que la responsabilidad del accidente recaiga en el conductor del vehículo a motor, como es obligatorio tener concertado seguro de responsabilidad civil, las lesiones y daños sufridos por el conductor del VMP serán asumidos por la compañía aseguradora que tenga concertada el tomador del vehículo a motor. En el supuesto que, aún siendo obligatorio, no tuviera concertada póliza de seguro o ésta no estuviera en vigor, se hará cargo del siniestro el Consorcio de Compensación de Seguros.
En cualquier caso, como los accidentes con patinetes eléctricos son un tema bastante complejo tanto para sus conductores como para el resto de usuarios de la vía pública, sobre todo a la hora de determinar la responsabilidad, pues en ocasiones puede darse la existencia de concurrencia de culpas, con un porcentaje en el reparto de responsabilidades, lo ideal es contar con un abogado especializado en esta materia.
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