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El pasado 2 de noviembre de 2021, el Congreso de los Diputados ha aprobado la modificación al texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación a vehículos a motor y seguridad vial.

Con esta modificación se intenta reducir los elevados índices de  siniestralidad en las carreteras españolas, reforzando la seguridad vial tanto con nuevos artículos como actualizando preceptos referidos al permiso por puntos.

Las principales novedades de la reforma consisten en lo siguiente:

1.- DISTRACCIONES.- Se aumenta de 3 a 6 los puntos que se pueden perder por sujetar el teléfono móvil con la mano mientras se conduce, manteniéndose los 200 euros de multa.

2.- CINTURÓN DE SEGURIDAD Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN.- También se aumenta la pérdida de puntos, de 3 a 4, por no hacer uso o hacerlo de forma inadecuada el cinturón de seguridad, el sistema de retención infantil, casco y elementos de protección obligatoria, manteniéndose los 200 euros de multa.

 3.- MAYOR SEGURIDAD PARA LOS CICLISTAS.- Se incrementa la pérdida de puntos, de 4 a 6, cuando se adelanta a un ciclista poniéndolo en peligro o entorpeciendo su marcha sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. Al igual que ocurre en los supuestos anteriores, la multa se mantiene en 200 euros.

4.- ARROJAR OBJETOS A LA VÍAS.- Pasa de 4 a 6 puntos los que se pueden perder por arrojar en las vías o en sus inmediaciones objetos que puedan producir accidentes o incendios.

5.- MENORES: ALCOHOL Y DROGAS.- Los conductores menores de edad (de ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125 cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) no podrán circular con alguna tasa de alcohol sino con tasa 0 tanto en sangre como en aire espirado.

6.- ADELANTAMIENTOS.- Se elimina la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar los 20 kilómetros por hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

7.- CURSOS PARA RECUPERAR PUNTOS.- Se podrán recuperar dos puntos del carné cuando se realicen cursos de conducción segura y eficiente.

8.- MOTORISTAS.- A partir de ahora, los motoristas podrán utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en el casco con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte la seguridad en la conducción.

9.- RESTRICCIONES EN ZONAS DE BAJAS EMISIONES.- Se añade una nueva infracción grave, con una multa de 200 euros, que consiste en no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer zonas de bajas emisiones.

10.- COPIAR EN LOS EXÁMENES DEL CARNET DE CONDUCIR.- Quien se copie en el exámen para obtener el permiso de circulación se le impondrá una multa de 500 euros. Además, no podrá presentarse de nuevo a las pruebas en el plazo de 6 meses, así tiene tiempo el aspirante de preparse para el exámen.

11.- CONDUCCIÓN AUTÓNOMA.- Por primera vez se regula en la legislación española el vehículo automatizado en diferentes artículos de la ley.

Estas novedades entrarán en vigor a los tres meses de la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado.

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